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¿Es obligatorio la existencia de extintores en una Comunidad de vecinos?

Tener extintores en una comunidad de vecinos siempre es recomendable. Algunos de los peores siniestros que suceden en edificios tienen que ver con el fuego, que puede causar daños irreparables en ellos. Sin embargo, no todos los inmuebles de viviendas están obligados a contar con estos dispositivos contra incendios.

            Quizás la presencia de extintores en determinados lugares sea un tema que genere dudas. Si bien es cierto que es una herramienta que podría evitar situaciones complicadas y daños, pero,

            ¿Es obligatorio tenerlos?

            Según el Real Decreto 2177/1996  es obligatorio la presencia de extintores en una Comunidad, siempre y cuando la fecha de construcción del edificio datase a partir de 1996. 

            En esta normativa, se especifican las  cuestiones técnicas respecto a la colocación del extintor en las comunidades de vecinos como las siguientes:

  • Los dispositivos deben estar situados en lugares donde sean tanto visibles como accesibles.
  • Tienen que hallarse en sitios donde haya más posibilidad de incendio y, mejor aún, cerca de las salidas de emergencia.
  • Deben colocarse en soportes que los fijen verticalmente, de tal forma que la parte más alta del dispositivo esté a una altura de entre 80 y 120 centímetros sobre el suelo.
  • Su distribución por todo el edificio debe hacerse de tal forma que estén, como mucho, a 15 metros de distancia respecto al hipotético punto de incendio.

             Sin embargo, aquellas construcciones anteriores a 1996 están exentas, a no ser que se hubiera realizado alguna reforma con posterioridad, por lo que si pasaría a ser obligatorio.

            Aquellas comunidades que no estén obligadas a tener medidas de seguridad contra incendios no quiere decir que no sean necesarias y será una medida  de seguridad a tener en cuanta par la cobertura del riesgo en el seguro de comunidad de propietarios.

            ¿Cual es la diferencia entre tener o no extintores en una Comunidad de vecinos?

            Disponer de estos sistemas de seguridad podría suponer una diferencia importante. Cuando se genera un fuego en alguna zona, tener un extintor a mano podría evitar graves daños.

            En realidad es que no llegamos a pensarlo porque son situaciones que no se suelen dar con normalidad. Pero en el momento en el que se diera el caso es de vital importancia reaccionar a tiempo y disponer de los medios suficientes para que la cosa no llegue a más.

            En el supuesto de haber contratado un seguro de comunidades de propietarios, para que la comunidad pueda beneficiarse de la cobertura de incendio es bastante probable que en el contrato de la póliza se establezca como requisito imprescindible la instalación de extintores.

            Tanto en las comunidades donde es obligatorio como en las que se decide de forma opcional la disposición de estos elementos, es importante tener en cuenta que deben pasar una serie de revisiones periódicas y someterse a un mantenimiento adecuado. Una empresa acreditada tiene que encargarse de realizar una inspección trimestral y otra anual para comprobar que los extintores funcionan de forma correcta en caso de incendio. A estos controles también se suma una prueba de la presión hidráulica cada 5 años.

            Siempre será mejor aquello de prevenir antes que curar. Tener a mano extintores dará a la comunidad un plus de seguridad.

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            Gestcasa S.C

            Servicio y Administracion de Fincas.

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